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miércoles, 29 de abril de 2015

Apunte - Cuestionario - Interpretación y aplicación de la ley procesal penal

Cuestionario

INTERPRETACIÓN Y APLICACION DE LA LEY PROCESAL PENAL


1. Concepto de interpretación. Principios formales y materiales que rigen la interpretación de la ley.

2. "ACOSTA, Alejandro" (CSJN, 23/04/2008).
a) ¿Qué discutió el imputado Alejandro Acosta ante el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, y qué agravio llevó a la Corte Suprema?
b) La Corte determinó en este fallo reglas para la validez de una interpretación ¿Qué reglas/métodos definió en este caso, y en qué orden de prelación?
c) ¿Cuál es la conclusión del fallo de la Corte?

3. "MARTINEZ ARECO, Ernesto" (CSJN, 25/10/2005).
a) ¿Qué define el fallo como objetivo legal de la Constitución Nacional, respecto del proceso penal?
b) ¿En qué materia entendía la Casación según el modelo original europeo o clásico, y con qué objetivo político? ¿Qué tipo de Estado de derecho constituye?
c) ¿Cuál es la impronta del modelo norteamericano en cuanto al objetivo político de la judicatura, y qué tipo de Estado de derecho constituye?
d) En el fallo la Corte Suprema dice que desde siempre nuestro sistema conoce un recurso para impetrar la supremacía de la Constitución. ¿Qué recurso es éste, y cuál es la contratara del modelo continental europeo?

4. ¿En qué normas de la Convención Americana de Derechos Humanos se basa la teoría de los vasos comunicantes definida como Derecho al Mejor Derecho, y en qué consiste?

lunes, 13 de abril de 2015

Apunte - Cuestionario - "La verdad y las formas jurídicas" (Michel Foucault)

Cuestionario

"LA VERDAD Y LAS FORMAS JURIDICAS" (Michel Foucault)


1. ¿Qué historia de la VERDAD explora Foucault en estas conferencias? ¿Qué práctica social es la que analiza?

2. En forma breve narre la historia de Edipo que cuenta Sófocles.

3. ¿Cuáles son las tres formas de producir VERDAD que identifica Foucault en la obra? Menciónelas y descríbalas brevemente.

4. ¿Qué formas de conocer la VERDAD se manifiestan en Edipo, y a través de quiénes?

5. Dice Foucault en la Segunda Conferencia: Occidente será dominado por un gran Mito. ¿A qué se refiere?

6. Tercera conferencia. ¿Qué derecho, que gran conquista de la democracia griega de la Atenas del siglo V señala F.? ¿Y qué tres “grandes formas culturales” se elaboraron en consecuencia?

7. ¿Qué nuevo actor aparece en las prácticas judiciales en el siglo XII en Europa, representando al Rey, y cuál es la consecuencia?

8. ¿Qué implica la noción de Infracción?

9. ¿Qué orígenes tuvo la Indagación?

10. ¿La Alquimia es una forma de indagación o una forma de prueba?

domingo, 1 de abril de 2012

Doctrina - "La verdad y las formas jurídicas - Tercera conferencia" (Foucault)

"La verdad y las formas jurídicas"
Tercera conferencia
Michel Foucault


Fuente: new.pensamientopenal.com.ar/04042008/filosofia02.pdf



En la conferencia anterior hice referencia a dos formas o tipos de reglamento judicial, de litigio, querella o disputa que están presentes en la civilización griega. La primera de estas formas, bastante arcaica, se encuentra en Homero y presenta dos guerreros que se enfrentan para saber quién estaba equivocado y quién no, quién había violado el derecho del otro. Para resolver esta cuestión se recurría a una disputa reglamentada, un desafío entre los dos guerreros. Uno de ellos lanzaba el siguiente desarrollo al otro: «¿Eres capaz de jurar ante los dioses que no hiciste lo que yo afirmo que hiciste?» En este procedimiento no hay juez, ni sentencia, ni verdad, y tampoco indagación o testimonio que permita saber quién dice la verdad. Por el contrario, la lucha, el desafío, el riesgo que cada uno de los contendientes va a correr, habrá de decidir no sólo quién dice la verdad, sino también quién tiene razón.

La segunda forma que mencionamos es la que aparece en Edipo Rey. Para resolver un problema que en cierto sentido también es una disputa, un litigio criminal —quién mató al rey Layo— aparece un personaje nuevo en relación con el viejo procedimiento homérico: el pastor. Oculto en su cabaña, a pesar de ser un hombre sin importancia, un esclavo, el pastor vio y, porque tiene en sus manos ese pequeño fragmento de recuerdo, porque traza en su discurso el testimonio de lo que vio, puede contestar y vencer el orgullo del rey o la presunción del tirano. El testigo, el humilde testigo puede por sí solo, por medio del juego de la verdad que vio y enuncia, derrotar a los más poderosos. Edipo Rey es una especie de resumen de la historia del derecho griego. Muchas obras de Sófocles, como por ejemplo Antígona y Electra, son una suerte de ritualizaciones teatrales de la historia del derecho. Esta dramatización de la historia del derecho griego compendia una de las grandes conquistas de la democracia ateniense: la historia del proceso a través del cual el pueblo se apoderó del derecho de juzgar, de decir la verdad, de oponer la verdad a sus propios señores, de juzgar a quienes lo gobernaban.

Esta gran conquista de la democracia griega, el derecho de dar testimonio, de oponer la verdad al poder, se logró al cabo de un largo proceso nacido e instaurado definitivamente en Atenas durante el siglo v. Este derecho de oponer una verdad sin poder a un poder sin verdad dio lugar a una serie de grandes formas culturales que son características de la sociedad griega. En primer lugar, la elaboración de lo que podríamos llamar formas racionales de la prueba y la demostración: cómo producir la verdad, en qué condiciones, qué formas han de observarse y qué reglas han de aplicarse.
Estas formas son la filosofía, los sistemas racionales, los sistemas científicos. En segundo lugar, y en relación con estas formas que hemos mencionado, se desarrolla un arte de persuadir, de convencer a las personas sobre la verdad de lo que se dice, de obtener la victoria para la verdad o, aún más, por la verdad. Nos referimos a la retórica griega. En tercer lugar, está el desarrollo de un nuevo tipo de conocimiento: conocimiento por testimonio, recuerdos o indagación. Es éste un saber que, historiadores como Herodoto poco antes de Sófocles, naturalistas, botánicos, geógrafos y viajeros griegos habrán de desarrollar y que Aristóteles totalizará y convertirá en un saber enciclopédico.
En consecuencia, en Grecia se produjo una especie de gran revolución que al cabo de una serie de luchas y cuestionamientos políticos dio como resultado, la elaboración de una determinada forma de descubrimiento judicial, jurídico, de la verdad, el cual constituye la matriz, el modelo o punto de partida para una serie de otros saberes —filosóficos, retóricos y empíricos— que pudieron desarrollarse y que caracterizan al pensamiento griego.

Curiosamente la historia del nacimiento de la indagación permaneció olvidada y se perdió, siendo retomada bajo otra forma varios siglos después, en la Edad Media.

En el Medioevo europeo se asiste a una especie de segundo nacimiento de la indagación, más oscuro y lento, aunque mucho más efectivo que el primero. El método griego de indagación se había estancado y no conseguía fundar un conocimiento racional capaz de desarrollarse indefinidamente. En compensación, la indagación que nace en la Edad Media tendrá dimensiones extraordinarias, su destino será prácticamente coextensivo al destino mismo de la cultura llamada europea u occidental.

El antiguo Derecho Germánico, que reglamentaba los litigios planteados entre individuos en las sociedades germánicas en el período en que éstas entran en contacto con el Imperio Romano, se asemejaba en muchos sentidos a las formas del Derecho Griego Arcaico. En el Derecho Germánico no existía el sistema de interrogatorio puesto que los litigios entre los individuos se regían por el juego de la prueba.

Desde un punto de vista esquemático podemos caracterizar el antiguo Derecho Germánico de la época en que Tácito comienza a analizar a esta curiosa civilización que se extiende hasta las puertas del Imperio, del siguiente modo: en primer lugar no hay acción pública, es decir, no hay nadie que representando a la sociedad, a un grupo, al poder, o a quien lo detente tenga a su cargo acusaciones contra los individuos. Para que hubiese un proceso penal era necesario que hubiese habido daño, que al menos alguien afirmase haber sufrido daño o se presentase como víctima y que esta presunta víctima designase su adversario. La víctima podía ser la persona directamente ofendida o alguien que, perteneciendo a su familia, asumiese la causa del pariente. La acción penal se caracterizaba siempre por ser una especie de duelo u oposición entre individuos, familias, o grupos. No había intervención alguna de ningún representante de la autoridad, se trataba de una reclamación de un individuo a otro que se desarrollaba con la sola intervención de estos dos personajes: el que se defiende y el que acusa.
Conocemos sólo dos casos bastante curiosos en que había una especie de acción pública: la traición y la homosexualidad. En estos casos intervenía la comunidad, que se consideraba lesionada, y colectivamente exigía reparación a un individuo. Por lo tanto la primera condición que observamos para que hubiera acción penal en el antiguo Derecho Germánico era la existencia de dos personajes y nunca tres.

La segunda condición era que, una vez introducida la acción penal, cuando un individuo ya se había declarado víctima y reclamaba reparación a otro, la liquidación judicial se llevara a cabo como una especie de continuación de la lucha entre los contendientes. Se inicia así una suerte de guerra particular, individual, y el procedimiento penal será sólo una ritualización de la lucha entre los individuos. El Derecho Germánico no opone la guerra a la justicia, no identifica justicia y paz, sino, por el contrario, supone que el derecho es una forma singular y reglamentada de conducir la guerra entre los individuos y de encadenar los actos de venganza. El derecho es, pues, una manera reglamentada de hacer la guerra. Por ejemplo, cuando alguien es muerto, cualquiera de los parientes cercanos del muerto puede ejercer la práctica judicial de la venganza, práctica que no significa la renuncia a matar a alguien, en principio, al asesino. Entrar en el dominio del derecho significa matar al asesino, pero matarlo de acuerdo con ciertas reglas, cumpliendo con ciertas formas. Si el asesino cometió el crimen de esta o aquella manera, será preciso matarlo cortándolo en pedazos o decapitándolo y colocando la cabeza en una estaca frente a su casa. Estos actos ritualizan el gesto de la venganza y lo caracterizan como venganza judicial. El derecho es, en consecuencia, la forma ritual de la guerra.
La tercera condición es que, si es verdad que no hay oposición entre derecho y guerra, no es menos cierto que puede llegarse a un acuerdo, esto es, interrumpir estas hostilidades reglamentadas. El antiguo Derecho Germánico siempre ofrece la posibilidad de llegar a un acuerdo o transacción a través de esta serie de venganzas rituales y recíprocas. La interrupción puede ser un pacto: en ese instante los dos adversarios recurren a un pacto que, contando con su mutuo consentimiento, establecerá una suma de dinero que constituye el rescate. No se trata del rescate de la falta pues no hay falta sino tan sólo daño y venganza. En este procedimiento del Derecho Germánico uno de los adversarios rescata el derecho de tener paz, de escapar a la posible venganza de su contendiente. Rescata su propia vida y no la sangre que derramó, y pone así fin a la guerra. La interrupción de la guerra ritual es el tercer acto del drama judicial del Derecho Germánico.

El sistema que reglamenta los conflictos y litigios en las sociedades germánicas de esta época es, por consiguiente, un procedimiento enteramente gobernado por la lucha y la transacción, es una prueba de fuerza que puede terminar en transacción económica. Se trata de un procedimiento que no autoriza a colocar un tercer individuo sobre los dos adversarios a la manera de un elemento neutro que busca la verdad intentando saber cuál de los dos no miente; por lo tanto, nunca interviene en este tipo de sistema un procedimiento de indagación o una investigación de la verdad. Este era el núcleo del Derecho Germánico antes de la invasión del Imperio Romano.

No me detendré en describir la larga serie de peripecias que caracteriza las relaciones entre este Derecho Germánico y el Derecho Romano: relaciones de rivalidad o competencia a veces, y otras, de abierta complicidad. Entre los siglos v y X de nuestra era se produjeron penetraciones, roces y conflictos entre ambos sistemas de derecho.
Cada vez que sobre las ruinas del Imperio Romano comienza a esbozarse un Estado y empieza a nacer la estructura estatal, el Derecho Romano, viejo derecho de Estado, se revitaliza. Fue así que en los reinos merovingios, sobre todo en la época del Imperio Carolingio, el Derecho Romano se impuso al Derecho Germánico. Por otro lado, cada vez que se disuelven estos embriones o lineamientos de Estados el Derecho Germánico reaparece. Cuando se desmorona el Imperio Carolingio en el siglo X, triunfa el Derecho Germánico y el Derecho Romano cae en el olvido, permaneciendo así durante varios siglos hasta que renace a finales del siglo XII y en el curso del XIII. Es así que el derecho feudal es esencialmente germánico, no presenta ninguno de los elementos de los procedimientos de indagación, establecimiento de la verdad de las sociedades griegas o el Imperio Romano.
En el derecho feudal el litigio entre individuos se reglamentaba por el sistema de la prueba (épreuve). Cuando un individuo se presentaba llevando una reivindicación, una querella, acusando a otro de haber robado o matado, el litigio entre ambos se resolvía por una serie de pruebas aceptadas por los dos y a las que ambos se sometían.
Este sistema no era una manera de probar la verdad sino la fuerza, el peso o la importancia de quien decía.

En primer lugar había pruebas sociales, pruebas de la importancia social de un individuo. En el viejo derecho de Borgoña del siglo XI, el acusado de asesinato podía establecer perfectamente su inocencia reuniendo a su vez doce testigos que juraban que él no había cometido asesinato alguno. El juramento, por ejemplo, no se fundaba en haber visto con vida a la presunta víctima o en una coartada para el presunto asesino.
Para prestar juramento, atestiguando que un individuo no había matado era necesario ser pariente del acusado, era preciso tener con él relaciones de parentesco que garantizaban no su inocencia sino su importancia social. Con ello se mostraba la solidaridad social que un individuo era capaz de concitar, su peso, su influencia, la importancia del grupo al que pertenecía y de las personas dispuestas a apoyarlo en una batalla o un conflicto.
La prueba de la inocencia, de no haberse cometido el acto en cuestión, no era en modo alguno el testimonio.

En segundo lugar, había pruebas de tipo verbal. Cuando un individuo era acusado de algo —robo o asesinato— debía responder a esta acusación con cierto número de fórmulas, garantizando que no había cometido delito. Podía suceder que el individuo fracasara o tuviera éxito al pronunciar estas fórmulas. En algunos casos se pronunciaba la fórmula y se perdía, no por haber mentido o por haberse probado que se había mentido sino simplemente porque no se había pronunciado la fórmula correctamente. Un error de gramática, un cambio de palabras invalidaba la fórmula y no la verdad de lo que se pretendía probar. Es evidente que al nivel de la prueba sólo se trataba de un juego verbal porque en el caso de un menor, una mujer, o un padre, el acusado podía ser sustituido por otra persona. Esta otra persona que, tiempo después en la historia del derecho se convertiría en el abogado, era quien debía pronunciar las fórmulas en lugar del acusado. Sí se equivocaba al pronunciarlas, aquél a quien reemplazaba perdía el proceso.

Estaban, finalmente, las famosas pruebas corporales, físicas, llamadas ordalías, que consistían en someter a una persona a un juego, una especie de lucha con su propio cuerpo para comprobar si era capaz de vencer o si fracasaría. Por ejemplo, en algunas regiones del norte de Francia, durante el Imperio Carolingio, había una prueba célebre que se imponía a quien fuese acusado de asesinato: el acusado debía caminar sobre hierro al rojo y, si se comprobaba dos días después que aún tenía cicatrices, perdía el proceso. Había otras pruebas tales como la ordalía del agua que consistía en amarrar la mano derecha al pie izquierdo de una persona y arrojarla al agua. Si el desgraciado no se ahogaba perdía el proceso pues eso quería decir que el agua no lo había recibido bien, y si se ahogaba lo ganaba pues era evidente que el agua no lo había rechazado. Todas estas confrontaciones del individuo y su cuerpo con los elementos naturales son una trasposición simbólica cuya semántica debería ser estudiada sobre la base de la lucha de los individuos entre sí. En realidad se trata siempre de una batalla para saber quién es el más fuerte: en el viejo Derecho Germánico, el proceso es sólo una continuación reglamentada, ritualizada, de la guerra.
Podría haber dado ejemplos más convincentes tales como las luchas entre dos adversarios a lo largo de un proceso, luchas físicas, los famosos Juicios de Dios.
Cuando dos individuos se enfrentaban por la propiedad de un bien o a causa de un asesinato siempre se podía, con acuerdo de ellos, luchar obedeciendo determinadas reglas (duración de la lucha, tipo de arma), con la asistencia del público que estaba allí sólo para asegurar la regularidad de lo que acontecía. Quien ganaba la lucha ganaba también el proceso y no se le daba la posibilidad de decir la verdad; ni siquiera se le pedía que probara la verdad de sus pretensiones.

En el sistema de la prueba judicial feudal no se trata de investigar la verdad sino más bien de una especie de juego de estructura binaria. El individuo acepta la prueba o renuncia a ella. Si renuncia, si no quiere intentar la prueba, pierde el proceso de antemano. Si hay prueba, vence o fracasa, y no hay otra posibilidad. La forma binaria es la primera característica de la prueba.
La segunda característica es que la prueba termina por una victoria o un fracaso. Siempre hay alguien que gana y alguien que pierde, el más fuerte o el más débil, un resultado favorable o desfavorable. En ningún momento aparece algo semejante a la sentencia, como ocurrirá a partir de finales del siglo XII y comienzos del XIII. La sentencia consiste en la enunciación, por un tercero, de lo siguiente: cierta persona que ha dicho la verdad tiene razón; otra, que ha dicho una mentira, no tiene razón. Por consiguiente, la sentencia no existe; la separación de la verdad y el error entre los individuos no desempeña papel alguno; existe simplemente la victoria o el fracaso.
La tercera característica es que esta prueba es, en cierta manera, automática. No es necesaria la presencia de un tercer personaje para distinguir a los dos adversarios: el equilibrio de las fuerzas, el juego, la suerte, el vigor, la resistencia física, la agilidad intelectual, se encargarán de establecer las diferencias entre los individuos según un mecanismo que se desarrolla automáticamente. La autoridad interviene sólo como testigo de la regularidad del procedimiento. En el momento en que se llevan a cabo estas pruebas judiciales está presente alguien que recibe el nombre de juez —el soberano político o alguien designado con el consentimiento mutuo de los dos adversarios— simplemente para comprobar que la lucha se lleva a cabo regularmente. El juez no atestigua acerca de la verdad sino tan sólo de la regularidad del procedimiento.
La cuarta característica es que en este mecanismo la prueba no sirve para nombrar o determinar quién es el que dice la verdad, sino para establecer quién es el más fuerte, y al mismo tiempo quién tiene razón. En una guerra o prueba no judicial, uno de los dos es siempre el más fuerte pero esto no prueba que, a la vez, tenga razón.
La prueba judicial es una manera de ritualizar la guerra o trasponerla simbólicamente, una manera de darle ciertas formas derivadas y teatrales de tal modo que el más fuerte será designado, por ese motivo, como quien tiene razón. La prueba es un operador de derecho, un permutador de la fuerza por el derecho, especie de shifter que permite el pasaje de la fuerza al derecho. La prueba no tiene una función apofántica, no designa, manifiesta o hace aparecer la verdad, es un operador de derecho y no un operador de verdad u operador apofántico. Estas son pues, las características de la prueba en el viejo Derecho Feudal.

Este sistema de práctica judicial desaparece a fines del siglo XII y durante el siglo XIII. Toda la segunda mitad de la Edad Media asistirá a la transformación de estas viejas prácticas y a la invención de nuevas formas de justicia, de prácticas y procedimientos judiciales. Formas que son absolutamente capitales para la historia de Europa y el mundo entero, en la medida en que Europa impone violentamente su yugo a toda la superficie de la tierra. En esa reelaboración del derecho se inventó algo que, en realidad, no concierne tanto a los contenidos sino a las formas y condiciones de posibilidad del saber. En el Derecho de esa época se inventó una determinada manera de saber, una condición de posibilidad de saber cuya proyección y destino será capital para Occidente. Esta modalidad de saber es la indagación, que apareció por primera vez en Grecia y quedó oculta después de la caída del Imperio Romano durante varios siglos. La indagación que resurge en los siglos XII y XIII es, sin embargo, de un tipo bastante diferente de aquél que vimos como ejemplo en Edipo.

¿Por qué desaparece en esta época la vieja forma judicial que expuse en sus notas esenciales? Puede decirse, esquemáticamente, que uno de los rasgos fundamentales de la sociedad feudal de la Europa occidental es que la circulación de los bienes está relativamente poco asegurada por el comercio. Se asegura por mecanismos de herencia o transmisión testamentaria y, sobre todo, por el enfrentamiento bélico, militar, extrajudicial o judicial. Uno de los medios más importantes de asegurar la circulación de los bienes en la Alta Edad Media era la guerra, la rapiña, la ocupación de tierras, de un castillo o una ciudad. Nos encontramos en una frontera difusa entre el derecho y la guerra, en la medida en que el derecho es una manera de continuar la guerra. Por ejemplo, alguien que dispone de fuerza armada ocupa unas tierras, un bosque, una propiedad cualquiera y en ese momento hace prevalecer su derecho. Se inicia entonces un largo pleito al final del cual aquél que no posee fuerza armada y quiere recuperar sus tierras sólo obtiene la partida del invasor mediante un pago. Este acuerdo está en el límite entre lo judicial y lo bélico y es una de las formas más frecuentes del enriquecimiento. La circulación, el intercambio de bienes, las quiebras y los enriquecimientos se hicieron, en su mayoría, según este mecanismo.

No obstante, es interesante comparar la sociedad feudal en Europa y las sociedades llamadas primitivas que actualmente estudian los etnólogos. En éstas el intercambio de bienes se realiza a través del pleito y la rivalidad que se dan sobre todo en forma de prestigio al nivel de las manifestaciones y los signos. En la sociedad feudal la circulación de los bienes se lleva a cabo igualmente en forma de rivalidad y pleito, sólo que en este caso lo que está en juego no es el prestigio y, por el contrario, se manifiesta una conducta belicosa. En las sociedades llamadas primitivas las riquezas se intercambian por prestaciones de rivalidad porque no son sólo bienes sino también signos. En las sociedades feudales, las riquezas se intercambian no sólo porque son bienes y signos sino porque son bienes, signos y además armas: la riqueza es el medio por el que se puede ejercer la violencia en relación con el derecho de vida y muerte sobre los demás. La guerra, el litigio judicial y la circulación de bienes forman parte a lo largo de la Edad Media, de un gran proceso único y fluctuante.

Detectamos pues, una doble tendencia que es característica de la sociedad feudal. Por un lado hay una concentración de las armas en manos de los más poderosos que tienden a impedir su utilización por los más débiles. Vencer a alguien es privarlo de sus armas, noción de donde proviene la concentración del poder armado que dio fuerza en los Estados feudales a los más poderosos y, finalmente, al más poderoso de todos, el monarca. Por otro lado y simultáneamente están las acciones y los litigios judiciales que eran una manera de hacer circular los bienes. Se comprende así por qué los más poderosos procuraron controlar los litigios judiciales, impidiendo que se desenvolviesen espontáneamente entre los individuos, y por qué intentaron apoderarse de la circulación judicial y litigiosa de los bienes, hecho que implicó la concentración de las armas y el poder judicial, que se formaba en esta época, en manos de los mismos individuos.

La existencia de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial es una idea aparentemente bastante antigua en el ámbito del derecho constitucional aunque, en verdad, pueda decirse que es una idea reciente que data aproximadamente de Montesquieu. Pero lo que aquí nos interesa es ver cómo se formó el poder judicial. El poder judicial no existía en la Alta Edad Media, la liquidación era una materia que resolvían los individuos entre sí: sólo se pedía al más poderoso o a aquél que ejercía la soberanía en función de sus poderes políticos, mágicos y religiosos que comprobase la regularidad del procedimiento y no que hiciese justicia. No había poder judicial autónomo y tampoco un poder judicial que estuviera en manos de quien detentaba el poder político o poder de las armas. Como el pleito judicial aseguraba la circulación de los bienes, el derecho de ordenar y controlar ese pleito judicial, por ser un medio de acumular riquezas, fue confiscado por los más ricos y poderosos.

La acumulación de la riqueza y el poder de las armas y la constitución del poder judicial en manos de unos pocos es un único proceso que se fortaleció en la alta Edad Media y alcanzó su madurez con la formación de la primera gran monarquía medieval, en la segunda mitad del siglo XII. En este momento aparecen una serie de fenómenos totalmente nuevos en relación con la sociedad feudal. el Imperio Carolingio y las antiguas reglas del Derecho Romano.
1) Una justicia que no es más pleito entre individuos y libre aceptación por estos individuos de ciertas reglas de liquidación sino que, por el contrario, se impondrá a individuos, oponentes, partidos. Los individuos no tendrán en adelante el derecho de resolver, regular o irregularmente. sus litigios; deberán someterse a un poder exterior a ellos que se les impone como poder judicial y político.

2) Aparece una figura totalmente nueva, que no tiene precedentes en el Derecho Romano: el procurador. Este curioso personaje que surge en Europa hacia el siglo XII se presentará como representante del soberano, del rey o del señor. Cada vez que hay un crimen, delito o pleito entre individuos, el procurador se hace presente en su condición de representante de un poder lesionado por el solo hecho de que ha habido delito o crimen. El procurador doblará a la víctima, pues estará detrás de aquél que debería haber planteado la queja, diciendo: «Si es verdad que este hombre lesionó a este otro, yo, representante del soberano, puedo afirmar que el soberano, su poder, el orden que él dispensa, la ley que él estableció, fueron igualmente lesionados por este individuo. Así, yo también me coloco contra él». De esta manera, el soberano, el poder político, vienen a doblar y, paulatinamente, a sustituir a la víctima. Este fenómeno, que es  bsolutamente nuevo, permitirá que el poder político se apodere de los procedimientos judiciales. El procurador, pues, se presenta como representante del soberano lesionado por el daño.

3) Aparece una noción absolutamente nueva: la infracción. Mientras el drama jurídico se desenvolvía entre dos individuos, víctima y acusado, se trataba sólo del daño que un individuo causaba a otro. La cuestión consistía en saber si había habido daño y quién tenía razón. A partir del momento en que el soberano o su representante, el procurador, dicen: «Yo también he sido lesionado por el daño», resulta que el daño no es solamente una ofensa de un individuo a otro sino también una ofensa que infringe un individuo al Estado, al soberano como representante del Estado, un ataque no al individuo sino a la ley misma del Estado. Se sustituye de esta manera la noción de crimen, la vieja noción de daño por la de infracción. La infracción no es un daño cometido por un individuo contra otro, es una ofensa o lesión de un individuo al orden, al Estado, a la ley, a la sociedad, a la soberanía, al soberano. La infracción es una de las grandes invenciones del pensamiento medieval. Se ve así cómo el poder estatal va confiscando todo el procedimiento judicial, el mecanismo judicial, el mecanismo de liquidación inter-Individual de los litigios de la alta Edad Media.

4) Hay por último, un descubrimiento, una invención tan diabólica como la del procurador y la infracción: el Estado, o mejor, el soberano (ya que no se puede hablar de Estado en esta época) es no sólo la parte lesionada sino además la que exige reparación.
Cuando un individuo pierde el proceso es declarado culpable y debe una reparación a su víctima, pero esta reparación no es la que aparecía en el antiguo derecho del feudalismo o en el Derecho Germánico, ya no se trata de que el perdedor rescate su paz dando satisfacción a su adversario, ahora se exigirá del culpable no sólo la reparación del daño hecho a otro individuo sino también la reparación de la ofensa cometida contra el soberano, el Estado, la ley. Es así que aparece con el mecanismo de las multas el gran mecanismo de las confiscaciones. Las confiscaciones de bienes son para las monarquías nacientes uno de los grandes medios de enriquecerse e incrementar sus propiedades. Las monarquías occidentales se fundaron sobre la apropiación de la justicia, que les permitía la aplicación de estos mecanismos de confiscación. He aquí el fondo político de esta transformación.

Es necesario explicar ahora el establecimiento de la sentencia, cómo se llega al final de un proceso en el que uno de los personajes principales es el procurador. Si la principal víctima de una infracción es el rey, si es el procurador quien se queja en primer lugar, se comprende que la liquidación judicial no pueda ser ya obtenida a través de los mecanismos de la prueba. El rey o su representante, el procurador, no pueden arriesgar sus vidas o bienes cada vez que se comete un crimen. El acusador y el procurador no se enfrentan en un pie de igualdad, como ocurría en el caso de la lucha entre dos individuos. Se necesita encontrar un nuevo mecanismo diferente de la prueba o la lucha entre dos adversarios para saber si alguien es culpable o no. El modelo bélico ya no puede aplicarse.

¿Cuál será el modelo que habrá de adoptarse? Este es uno de los grandes momentos de la historia de Occidente. Había dos modelos Para resolver el problema: en primer lugar, un modelo intra-jurídico. En el antiguo Derecho Germánico se daba un caso en que la colectividad en su totalidad podía intervenir, acusar a alguien y obtener su condena: era el delito flagrante, cuando un individuo era sorprendido en el momento exacto en que cometía el crimen. En ese momento las personas que lo sorprendían tenían el derecho de llevarlo ante el soberano o ante quien detentara el poder político y decir: «Nosotros lo vimos haciendo tal cosa y en consecuencia hay que castigarlo o exigirle una reparación». Había así, en la esfera misma del derecho, un modelo de intervención colectiva y decisión autoritaria para la liquidación de un litigio de orden judicial: era el caso del delito flagrante, cuando el crimen era sorprendido en su actualidad. Evidentemente este modelo no podía ser utilizado cuando no se sorprende al individuo en el momento en que comete el crimen —el caso más frecuente por otra parte—. El problema era pues, saber en qué condiciones podía generalizarse el modelo del delito flagrante y utilizarlo en ese nuevo sistema del Derecho que estaba naciendo, conducido y orientado por la soberanía política y sus representantes.

Se optó por utilizar un segundo modelo extra-judicial que, a su vez, se subdivide en dos; mejor dicho, que en esa época tenía una doble existencia, una doble inserción.
Se trataba del modelo de la indagación que existía en la época del Imperio Carolingio. Cuando los representantes del soberano debían solucionar un problema de derecho, poder, o una cuestión de impuestos, costumbres, foro o propiedad, se cumplía con un procedimiento perfectamente ritualizado y regular: la inquisitio, la indagación. El representante del poder llamaba a personas consideradas capaces de conocer las  ostumbres, el derecho o los títulos de propiedad, las reunía, hacía que jurasen decir la verdad, les preguntaba qué conocían, qué habían visto o qué sabían de oídas, y seguidamente las dejaba a solas para que deliberasen. Al final de esta deliberación se pedía la solución del problema. Este era un método de gestión administrativa que los funcionarios del Imperio Carolingio practicaban regularmente y fue empleado, cuando ya éste se había disuelto, por Guillermo el Conquistador en Inglaterra. En 1066 los conquistadores normandos ocuparon Inglaterra, se apoderaron de los bienes anglosajones y entraron en litigio con la población autóctona y entre sí con motivo de la posesión de estos bienes. Guillermo el Conquistador pone todo en orden para integrar a los recién llegados normandos con la antigua población anglosajona, lleva a cabo una enorme indagación sobre el estado de las propiedades, la situación de los impuestos, el sistema de foros, etc. Es el famoso Domesday Book, único ejemplo global que poseemos de estas indagaciones que eran una vieja práctica administrativa de los emperadores carolingios. El procedimiento de indagación administrativa tiene algunas características importantes.

1) El poder político es el personaje central.

2) El poder se ejerce, en principio, haciendo preguntas, cuestionando. No sabe la verdad y procura saberla.
3) Para determinar la verdad, el poder se dirige a los notables, personas que considera capaces de saber debido a su situación, edad, riqueza, notoriedad, etcétera.
4) Al contrario de lo que se ve al final de Edipo Rey, el poder consulta a los notables sin forzarlos a decir la verdad mediante el empleo de la violencia, la presión o la tortura. Se les pide que se reúnan libremente y que den una opinión colectiva. Se deja que colectivamente digan aquello que consideran es la verdad.

Tenemos pues un tipo de establecimiento de la verdad totalmente relacionado con la gestión administrativa de la primera gran forma de Estado conocida en Occidente. Estos procedimientos de indagación permanecieron olvidados durante los siglos X y XI en la Europa del alto feudalismo y hubieran sido olvidados totalmente si la Iglesia no los hubiese utilizado para la gestión de sus propios bienes. Será preciso entonces que compliquemos un poco el análisis, pues si la Iglesia utilizó nuevamente el método carolingio de indagación, fue porque ya lo había practicado antes del Imperio Carolingio, por razones más espirituales que administrativas.
En efecto, en la Iglesia merovingia y carolingia, correspondiente a la alta Edad Media, se practicaba la indagación. Este método se llamaba visitatio y consistía en la visita que, según los estatutos, debía realizar el obispo por las distintas comarcas de su diócesis y que las grandes órdenes monásticas retomaron poco después. Al llegar a un determinado lugar el obispo instituía primeramente la inquisitio generalis, preguntando a todos los que debían saber (los notables, los más virtuosos) qué había ocurrido durante su ausencia; en particular, si había habido faltas, crímenes, etc. Si esta indagación recibía una respuesta positiva, el obispo pasaba a un segundo momento, la inquisitio specialis que consistía en averiguar qué se había hecho y quién o quiénes lo habían hecho; en determinar, en verdad, quién era el autor y cuál la naturaleza del acto. La confesión del culpable podía interrumpir la inquisición en cualquier momento, en su forma general o especial. Quien hubiese cometido el crimen podía presentarse y proclamar  úblicamente: «Sí, se cometió un crimen. Consistió en esto o aquello y yo soy el autor».

Esta forma espiritual y esencialmente religiosa de la indagación eclesiástica existió durante toda la Edad Media y fue adquiriendo funciones administrativas y económicas. Cuando la Iglesia se convirtió en los siglos X, XI y XII, en el único cuerpo económico, político coherente de Europa, la inquisición eclesiástica fue al mismo tiempo indagación espiritual sobre los pecados, faltas y crímenes cometidos, e indagación administrativa sobre la manera en que eran administrados los bienes de la Iglesia, cómo se reunían los beneficios, cuánto se acumulaba y cuánto se distribuía, etc.
Este modelo, al mismo tiempo religioso y administrativo de la indagación subsistió hasta el siglo XII, cuando el Estado naciente o incluso antes, la persona del soberano que surgía como fuente de todo poder, pasa a confiscar los procedimientos judiciales.
Estos procedimientos judiciales en adelante no pueden funcionar de acuerdo con el sistema de la prueba. ¿Cómo hará pues el procurador para establecer si alguien es o no culpable? El modelo —espiritual y administrativo, religioso y político, manera de gestionar, vigilar y controlar las almas— se encuentra en la Iglesia: indagación entendida como mirada tanto sobre los bienes y las riquezas como sobre los corazones, los actos, las intenciones, etc. Este es el modelo que será recobrado en el procedimiento judicial. El procurador del rey hará lo mismo que los visitantes eclesiásticos en las parroquias, diócesis y comunidades: procurará establecer por inquisitio, por indagación, si hubo crimen, cuál fue y quién lo cometió.

La hipótesis que, precisamente quisiera formular es la siguiente: la indagación tuvo un doble origen, origen administrativo ligado al surgimiento del Estado en la época carolingia y origen religioso, eclesiástico, que está presente durante toda la Edad Media.
Este procedimiento de indagación fue utilizado por el procurador del rey —la justicia monárquica naciente— para desempeñar la función del delito flagrante que antes mencioné. La indagación será el sustituto del delito flagrante. Si se consigue reunir efectivamente a las personas que pueden garantizar bajo juramento que vieron, si es posible establecer por medio de ellas que algo sucedió realmente, podrá obtenerse indirectamente a través de la indagación y por intermedio de las personas que saben, el equivalente del delito flagrante. Entonces se podrán tratar gestos, actos, delitos, crímenes, que no están ya en el campo de la actualidad, como si fuesen delitos flagrantes. Se logra así una nueva manera de prorrogar la actualidad, de transferirla de una época a otra y ofrecerla a la mirada, al saber, como si aún estuviese presente. Esta inserción del procedimiento de indagación reactualizando, haciendo presente, sensible, inmediato, verdadero, lo ocurrido, como si lo estuviésemos presenciando, constituye un descubrimiento capital.

Podemos extraer de este análisis algunas conclusiones:

1) Es común que se oponga el nuevo procedimiento racional de indagación a las viejas pruebas del derecho bárbaro. He señalado supra las diferentes maneras empleadas en la alta Edad Media para intentar establecer quién tenía razón. Tenemos la impresión de estar frente a sistemas bárbaros, arcaicos, irracionales, y nos resulta sorprendente comprobar que fue necesario esperar hasta el siglo XII para que se llegase, a través del procedimiento de la indagación, a un sistema racional de establecimiento de la verdad.
Sin embargo, yo no creo que el procedimiento de indagación sea simplemente el resultado de una especie de progreso de la racionalidad. No fue racionalizando los procedimientos judiciales que se llegó a él, fue toda una transformación política, una nueva estructura política, la que hizo no sólo posible sino además necesaria la utilización de este procedimiento en el dominio judicial. La indagación en la Europa medieval es sobre todo un proceso de gobierno, una técnica de administración, una modalidad de gestión, en otras palabras, es una determinada manera de ejercer el pode.

Nos engañaríamos si viésemos en la indagación el resultado natural de una razón que actúa sobre sí misma, se elabora, hace sus propios progresos; o bien si viésemos en ella el efecto de un conocimiento, de un sujeto de conocimiento elaborándose. Ninguna historia expresada en términos de progreso de la razón, perfeccionamiento del conocimiento, puede dar cuenta de la adquisición de la racionalidad de la indagación.
Su aparición es un fenómeno político complejo y el análisis de las transformaciones políticas de la sociedad medieval explica cómo, por qué y en qué momento aparece este tipo de establecimiento de la verdad a partir de procedimientos jurídicos completamente diferentes. Ninguna referencia a un sujeto de conocimiento y a su historia interna podría dar cuenta de este fenómeno. Sólo el análisis de los juegos de fuerza política. de las relaciones de poder puede explicar las razones del surgimiento de la indagación.

2) La indagación deriva de un cierto tipo de relaciones de poder, de una manera de ejercer el poder. Se introduce en el derecho a partir de la Iglesia y está, en consecuencia, impregnado de categorías religiosas. En la concepción de la Alta Edad Media lo esencial era el daño, lo que había pasado entre dos individuos: no había falta ni  nfracción. La falta, el pecado, la culpabilidad moral no intervenían en absoluto. El problema consistía en saber si hubo ofensa, quién la practicó y si aquél que pretende haber sufrido la ofensa es capaz de soportar la prueba que propone a su adversario. No hay error, culpabilidad, ni relación con el recado. Por el contrario, a partir del momento en que la indagación se introduce en la práctica judicial trae consigo la importante noción de infracción. Cuando un individuo causa daño a otro hay siempre a fortiori, daño a la soberanía, a la ley, al poder. Por otra parte, debido a todas las implicaciones y connotaciones religiosas de la indagación el daño será tratado como una falta moral, casi religiosa. Tenemos así, hacia finales del siglo XII, una curiosa conjunción entre la infracción a la ley y la falta religiosa. Comienzan a actuar conjuntamente las nociones de lesión al soberano y pecado, y así las encontraremos, profundamente unidas en el Derecho Clásico. Aún hoy no estamos totalmente libres de esta conjunción.

3) La indagación que aparece en el siglo XII como consecuencia de esta transformación en las estructuras políticas y en las relaciones de poder reorganizó enteramente (o a su  urno se reorganizaron) todas las prácticas judiciales de la Edad Media, de la época clásica e incluso de la moderna.

4) En términos generales esta indagación judicial se extendió a muchos otros dominios de prácticas —sociales, económicas— y en muchos dominios de saber. Los procedimientos de indagación que se expandieron por toda la sociedad a partir del siglo XIII nacen de estas indagaciones judiciales conducidas por los procuradores del rey.
Algunos eran fundamentalmente administrativos o económicos. Fue merced a indagaciones sobre el estado de la población, el nivel de las riquezas, la cantidad de dinero y recursos, que los agentes reales aseguraron, establecieron y aumentaron el poder monárquico. Así fue también cómo se acumuló al final de la Edad Media, en los siglos XVII y XVIII todo un saber económico acerca de la administración de los Estados y es de esta forma regular de administración de los estados, de transmisión y continuidad del poder político, que nacieron ciencias como la Economía Política, la Estadística, etc.

Estas técnicas de indagación se difundieron igualmente en dominios no vinculados  irectamente al ejercicio del poder: dominio del saber o del conocimiento en el sentido  radicional de la palabra. A partir de los siglos XIV y XV aparecen tipos de indagación que procuran establecer la verdad partiendo de testimonios cuidadosamente recogidos en dominios tales como la Geografía, la Astronomía, el conocimiento de los climas, etc. Aparece, en particular, una técnica de viaje, empresa política de ejercicio del poder y empresa de curiosidad y adquisición de saber que condujo finalmente al descubrimiento de América. Todas las grandes indagaciones que se impusieron al final de la Edad Media son, en el fondo, la eclosión y dispersión de esta primera forma, matriz nacida en el siglo XII. Incluso dominios como la Medicina, la Botánica, la Zoología, a partir de los siglos XVI y XVII, son irradiaciones de este proceso. El gran movimiento cultural que después del siglo XII comienza a preparar el Renacimiento puede ser definido en gran medida como el desarrollo o el florecimiento de la indagación como forma general de saber.
En cuanto la indagación se desarrolla como forma general de saber en cuyo seno hará eclosión el Renacimiento, la prueba tiende a desaparecer. Sólo encontraremos de ella los elementos, sus restos en forma de la famosa tortura, pero ya mezclada con la preocupación de obtener la confesión, prueba de verificación. Se puede hacer toda una historia de la tortura situándola entre los procedimientos de la prueba y la indagación.
La prueba tiende a desaparecer en la práctica judicial y desaparece también en los dominios del saber. Podríamos señalar dos ejemplos:
En primer lugar, la alquimia, que es un saber que tiene por modelo a la prueba.
En la alquimia no se trata de llevar a cabo una indagación para saber lo que pasa, la verdad, sino, esencialmente, de un enfrentamiento entre dos fuerzas: la del alquimista que busca y la de la naturaleza que esconde sus secretos, enfrentamiento análogo al de luz y sombra, bien y mal, Dios y Satanás. El alquimista realiza una suerte de lucha en la que él es al mismo tiempo el espectador —el que verá el resultado del combate— y uno de los combatientes, que puede ganar o perder. Puede decirse que la alquimia es una forma química, naturalista, de la prueba. La confirmación de esto es precisamente el hecho de que el saber alquímico no se transmitió, no se acumuló, como resultado de indagaciones que permitiesen llegar a la verdad, se transmitió únicamente en forma de reglas de procedimiento, secretas o públicas: qué debe hacerse, cómo se debe actuar, qué principios han de respetarse, qué invocaciones deben ser pronunciadas, qué textos leer, qué códigos deben estar presentes. La alquimia es esencialmente un corpus de reglas jurídicas, de procedimientos; su desaparición, el que un nuevo tipo de saber se constituyera absolutamente fuera de su dominio, se debe a que ese nuevo saber tomó como modelo la matriz de la indagación. Todo saber de indagación, saber naturalista, botánico, mineralógico, filológico, es absolutamente ajeno al saber alquímico, que responde a los modelos judiciales de la prueba.

En segundo lugar, la crisis de la universidad medieval a finales de la Edad Media puede ser analizada también en términos de oposición entre la indagación y la prueba. En la universidad medieval el saber se manifestaba, se transmitía y se autentificaba a través de determinados rituales, el más célebre de los cuales era la disputatio. Consistía en el enfrentamiento de dos adversarios que utilizaban las armas verbales, los procesos retóricos y las demostraciones basadas esencialmente en el principio de autoridad. No se apelaba a testigos de verdad sino a testigos de fuerza. Cuantos más autores pudiese reunir a su lado uno de los participantes en la disputatio, cuanto más pudiere invocar testimonios de autoridad, de fuerza, de peso, y no testimonios de verdad, mayores posibilidades tenía de salir vencedor del enfrentamiento. La disputatio es una forma de prueba, de manifestación y autentificación del saber. El saber medieval, y sobre todo el saber enciclopédico del Renacimiento a la manera de Pico della Mirandola que se enfrentará con la forma medieval de la universidad, era precisamente del tipo de la indagación. Haber visto, haber leído los textos, saber lo que efectivamente se dijo, conocer lo que se dijo tanto como la naturaleza de aquello respecto de lo cual algo se dijo, verificar lo que dijeron los autores por medio de la comprobación de la naturaleza, utilizar a los autores ya no como autoridad sino como testimonio, todo esto constituirá una de las grandes revoluciones en la forma de transmisión del saber. La desaparición de la alquimia y la disputatio, o mejor, el hecho de que esta última fuese relegada a formas universitarias completamente esclerosadas y que perdiera a partir del siglo XVI toda autoridad y eficacia como forma de autentificación real del saber, son algunas de las numerosas señales que nos marcan el conflicto entre la indagación y la prueba, y el triunfo de la primera sobre la segunda, a finales de la Edad Media.

A modo de conclusión podíamos decir que la indagación no es en absoluto un contenido sino una forma de saber, situada en la conjunción de un tipo de poder y ciertos contenidos de conocimiento. Quienes quieren establecer una relación entre lo que es  onocido y las formas políticas, sociales o económicas que sirven de contexto a ese conocimiento, suelen establecer esa relación por intermedio de la conciencia o el sujeto de conocimiento. En mi opinión, la verdadera conjunción entre procesos económico-políticos y conflictos de saber se hallará en esas formas, que son al mismo tiempo modalidades de ejercicio del poder y modalidades de adquisición y transmisión del saber. La indagación es precisamente una forma política, de gestión, de ejercicio del poder que, por medio de la institución judicial pasó a ser, en la cultura occidental, una manera de autentificar la verdad, de adquirir cosas que habrán de ser consideradas como verdaderas y de transmitirlas. La indagación es una forma de saber-poder y es el análisis de este tipo de formas lo que nos conducirá al análisis más estricto de las relaciones que existen entre los conflictos de conocimiento y las determinaciones económico-políticas.

Doctrina - "La verdad y las formas jurídicas - Segunda conferencia" (Foucault)

"La verdad y las formas jurídicas"
Segunda conferencia

Michel Foucault


Fuente: new.pensamientopenal.com.ar/04042008/filosofia02.pdf


Hoy me gustaría hablar de la historia de Edipo, asunto que hace un año dejó de estar de moda. A partir de Freud la historia de Edipo se consideraba como la narración de la fábula más antigua de nuestro deseo y nuestro inconsciente. Sin embargo, a partir del libro de Deleuze y Guattari, Anti-Edipo, publicado el año pasado, la referencia a Edipo desempeña un papel enteramente diferente.

Deleuze y Guattari intentaron mostrar que el triángulo edípico padre-madre-hijo, no revela una verdad atemporal y tampoco una verdad profundamente histórica de nuestro deseo. Intentaron poner de relieve que ese famoso triángulo edípico constituye para los analistas que lo manipulan en el interior de la cura, una cierta manera de contar el deseo, de garantizar que el deseo no termine invistiéndose, difundiéndose en el mundo que nos circunda, el mundo histórico; que el deseo permanezca en el seno de la familia y se desenvuelva como un pequeño drama casi burgués entre el padre, la madre y el hijo.

Edipo no sería pues, una verdad de naturaleza sino un instrumento de limitación y coacción que los psicoanalistas, a partir de Freud, utilizan para contar el deseo y hacerlo entrar en una estructura familiar que nuestra sociedad definió en determinado momento. En otras palabras, Edipo, según Deleuze y Guattari, no es el contenido secreto de nuestro inconsciente, sino la forma de coacción que el psicoanálisis intenta imponer en la cura a nuestro deseo y a nuestro inconsciente. Edipo es un instrumento de poder, es una cierta manera de poder médico y psicoanalítico que se ejerce sobre el deseo y el inconsciente.
Confieso que este problema me atrae y que yo también me siento tentado de investigar más allá de ésta que pretende ser la historia de Edipo, algo que tiene que ver ya no con la historia indefinida, siempre recomenzada, de nuestro deseo y nuestro inconsciente sino más bien con la historia de un poder, un poder político.
Hago un paréntesis para recordar que todo lo que intento decir, todo lo que Deleuze demostró con mayor profundidad en su Anti-Edipo, forma parte de un conjunto de investigaciones que nada dicen, al contrario de lo que se afirma en los periódicos, acerca de lo que tradicionalmente se llama estructura. Ni Deleuze, ni Lyotard, ni Guattari, ni yo hacemos nunca análisis de estructura, no somos en absoluto «estructuralistas». Si se me preguntase qué es lo que hago o lo que otros hacen mejor que yo, diría que no hacemos una investigación de estructura. Haría un juego de palabras y respondería que hacemos investigaciones de dinastía. Diría, jugando con las palabras griegas ουναµις δυναστεια, que intentamos hacer aparecer aquello que ha permanecido hasta ahora más escondido, oculto y profundamente investido en la historia de nuestra cultura: las relaciones de poder. Curiosamente, se conocen mejor las estructuras económicas de nuestra sociedad, han sido inventariadas y se las destaca mucho más que las estructuras de poder político. En esta serie de conferencias me gustaría demostrar de qué manera establecieron y se invistieron profundamente en nuestra cultura las relaciones políticas dando lugar a una serie de fenómenos que no pueden ser explicados a no ser que los relacionemos no con las estructuras económicas, las relaciones económicas de producción sino con las relaciones políticas que invisten toda la trama de nuestra existencia.
Me propongo demostrar cómo la tragedia de Edipo que puede leerse en Sófocles -dejaré de lado el problema del fondo mítico ligado a ella- es representativa y en cierta manera instauradora de un determinado tipo de relación entre poder y saber, entre poder político y conocimiento, relación de la que nuestra civilización aún no se ha liberado.
Creo que hay realmente un complejo de Edipo en nuestra civilización. Pero este complejo nada tiene que ver con nuestro inconsciente y nuestro deseo, y tampoco con las relaciones entre uno y otro. Si hay algo parecido a un complejo de Edipo, éste no se da al nivel individual sino al nivel colectivo; no a propósito del deseo y el inconsciente sino a propósito de poder y saber. Es esta especie de «complejo» lo que me gustaría
analizar.
La tragedia de Edipo es, fundamentalmente, el primer testimonio que tenemos de las prácticas judiciales griegas. Como todo el mundo sabe se trata de una historia en la que unas personas -un soberano, un pueblo- ignorando cierta verdad, consiguen a través de una serie de técnicas de las que hablaremos más adelante, descubrir una verdad que cuestiona la propia soberanía del soberano. La tragedia de Edipo es, por lo tanto, la historia de una investigación de la verdad: es un procedimiento de investigación de la verdad que obedece exactamente a las prácticas judiciales griegas de esa época. Por esta razón, el primer problema que se nos plantea es el de saber en qué consistía la investigación judicial de la verdad en la Grecia arcaica.
El primer testimonio de la investigación de la verdad en el procedimiento judicial griego con que contamos se remonta a la Ilíada. Se trata de la historia de la disputa de Antíloco, y Menelao durante los juegos que se realizaron con ocasión de la muerte de Patroclo. En aquellos juegos hubo una carrera de carros que, como de costumbre, se desarrollaba en un circuito con ida y vuelta, pasando por una baliza que debía rodearse tratando de que los carros pasaran lo más cerca posible. Los organizadores de los juegos habían colocado en este sitio a alguien que se hacía responsable de la regularidad de la carrera. Homero llama a este personaje, sin nombrarlo personalmente, testigo, ιστως, aquel que está allí para ver. La carrera comienza y los dos primeros competidores que se colocan al frente a la altura de la curva son Antíloco y Menelao. Se produce una irregularidad y cuando Antíloco llega primero Menelao eleva una queja y dice al juez o al jurado que ha de dar el premio que Antíloco ha cometido una irregularidad. Cuestionamiento, litigio, ¿cómo establecer la verdad? Curiosamente, en este texto de Homero no se apela a quien observó el hecho, el famoso testigo que estaba junto a la baliza y que debía atestiguar qué había ocurrido. Su testimonio no se cita y no se le hace pregunta alguna. Solamente se plantea la querella entre los adversarios Menelao y Antíloco, de la siguiente manera: después de la acusación de Menelao -«tú cometiste una irregularidad»- y de la defensa de Antíloco -«yo no cometí irregularidad»- Menelao lanza un desafío: «Pon tu mano derecha sobre la cabeza de tu caballo; sujeta con la mano izquierda tu fusta y jura ante Zeus que no cometiste irregularidad». En ese instante, Antíloco, frente a este desafío, que es una prueba (épreuve), renuncia a ella, no jura y reconoce así que cometió irregularidad.
He aquí una manera singular de producir la verdad, de establecer la verdad jurídica: no se pasa por el testigo sino por una especie de juego, prueba, por una suerte de desafío lanzado por un adversario al otro. Uno lanza un desafío, el otro debe aceptar el riesgo o renunciar a él. Si lo hubiese aceptado, si hubiese jurado realmente, la responsabilidad de lo que sucederla, el descubrimiento final de la verdad quedaría inmediatamente en manos de los dioses y sería Zeus, castigando el falso juramento, si fuese el caso, quien manifestaría con su rayo la verdad.
Esta es la vieja y bastante arcaica práctica de la prueba de la verdad en la que ésta no se establece judicialmente por medio de una comprobación, un testigo, una indagación o una inquisición, sino por un juego de prueba. La prueba, una característica de la sociedad griega arcaica, aparecerá también en la Alta Edad Media. Es evidente que, cuando Edipo y toda la ciudad de Tebas buscan la verdad no es éste el modelo que utilizan: entre la disputa de Menelao y Antíloco y la historia de Edipo pasaron muchos siglos. Sin embargo, resulta interesante observar que en la tragedia de Sófocles encontramos uno o dos restos de la práctica de establecer la verdad por medio de la prueba. Primero, en la escena de Creonte y Edipo, cuando Edipo critica a su cuñado por haber truncado la respuesta del Oráculo de Delfos, diciendo: «Tú inventaste todo esto simplemente para quitarme el poder y sustituirme». Y Creonte responde sin intentar establecer la verdad valiéndose de testigos: «Bien, juremos. Yo juraré que no he conspirado contra ti». Esto se dice en presencia de Yocasta, que acepta el juego y se hace responsable de su regularidad. Creonte responde a Edipo según la vieja fórmula del litigio entre guerreros. En segundo lugar, podríamos decir que encontramos en toda la obra este sistema del desafío y la prueba. Edipo, al enterarse de que la peste que asola a Tebas era la consecuencia de una maldición de los dioses caída como castigo por la falta y el asesinato, responde diciendo que se compromete a enviar al exilio al autor del crimen sin saber, naturalmente, que es él mismo quien lo había cometido. Queda así implicado por su propio juramento, como ocurría en los litigios entre guerreros arcaicos en los que los adversarios se incluían mutuamente en los juramentos de promesa y maldición. Estos restos de la vieja tradición reaparecen algunas veces a lo largo de la obra. Sin embargo, toda la tragedia de Edipo está fundada, en verdad, en un mecanismo enteramente diferente. Este es el mecanismo de establecimiento de la verdad que quiero exponer.
Creo que este mecanismo de la verdad obedece inicialmente a una ley, una especie de pura forma que podríamos llamar ley de las mitades. El descubrimiento de la verdad se lleva a cabo en Edipo por mitades que se ajustan y se acoplan. Edipo manda consultar al dios de Delfos, Apolo. Cuando examinamos en detalle la respuesta de Apolo observamos que se da en dos partes. Apolo comienza diciendo: «El país está amenazado por una maldición». A esta primera respuesta le falta, en cierta forma, una mitad: «Pesa una maldición, ¿pero quién fue el causante?» Por consiguiente es preciso formular una segunda pregunta y Edipo, fuerza a Creonte a dar la segunda respuesta, preguntándole a qué se debe la maldición. La segunda mitad aparece: la causa de ésta es un asesinato. Pero quien dice asesinato dice dos cosas: quién fue asesinado y quién es el asesino. Se pregunta a Apolo: «¿Quién fue asesinado?». La respuesta es: Layo, el rey.
Se pregunta: «¿Quién cometió el asesinato?». Entonces es cuando Apolo se niega a responder, lo cual suscita el comentario de Edipo: no se puede forzar la respuesta de los dioses. Falta, pues, una mitad. La maldición corresponde a una mitad del asesinato, siendo ésta sólo la primera: «quién fue asesinado»; falta pues la segunda: el nombre del asesino.
Para saber el nombre del asesino será preciso apelar a alguna cosa, a alguien, ya que no se puede forzar la voluntad de los dioses. Esta figura a la que se apela es el doble humano, la sombra mortal de Apolo, el adivino Tiresias quien, como Apolo, es divino Θειος µαντις, el divino adivino. Tiresias está muy cerca de Apolo y, como él, recibe el nombre de rey ΄αναξ; pero es perecedero mientras que Apolo es inmortal. Por otra parte Tiresias es ciego, está sumergido en la noche, mientras que Apolo es el dios del Sol: es la mitad de sombra de la verdad divina, el doble que el dios-luz proyecta sobre la superficie de la tierra. Se interrogará entonces a esta mitad, y Tiresias responderá a Edipo diciendo: «Fuiste tú quien mató a Layo».
En consecuencia, podemos decir que, desde la segunda escena de Edipo, todo está dicho y representado. Se posee ya la verdad puesto que Edipo es efectivamente designado por el conjunto constituido por las respuestas de Apolo y Tiresias. El juego de las mitades está completo: maldición, asesinato, quién fue muerto, quién mató. Aquí está todo, pero colocado en una forma muy particular, como una profecía, una predicción, una prescripción. El adivino Tiresias no dice exactamente a Edipo: «Fuiste tú quien mató»; dice: «Prometiste que desterrarías a aquél que hubiese matado; ordeno que cumplas tu voto y te destierres a ti mismo.» Del mismo modo Apolo no había dicho estrictamente: «Pesa una maldición y es por ello que la ciudad está asolada por la peste.» Dice Apolo: «Si quieres que termine la peste, es preciso expiar la falta.» Todo esto se dice en forma de futuro, prescripción, predicción, nada hay que se refiera a la actualidad del presente, nada es apuntado.
Tenemos toda la verdad, pero en la forma prescriptiva y profética que es característica del oráculo y el adivino. En esta verdad que es, de algún modo, completa y total, en la que todo ha sido dicho, falta algo que es la dimensión del presente, la actualidad, la designación de alguien. Falta el testigo de lo que realmente ha ocurrido.
Curiosamente, toda esta vieja historia es formulada por el adivino y el dios en futuro. Se necesita ahora el presente y el testigo del pasado: el testigo presente de lo que realmente sucedió.

La segunda mitad de esta prescripción y previsión, pasado y presente, se da en el resto de la obra y también por un extraño juego de mitades. En principio es preciso establecer quién mató a Layo, lo cual se obtiene en el discurrir de la pieza por el acoplamiento de dos testimonios. El primero lo da inadvertidamente y espontáneamente Yocasta al decir: «Ves bien, Edipo, que no has sido tú quien mató a Layo, contrariamente a lo que dice el adivino. La mejor prueba de esto es que Layo fue muerto por varios hombres en la encrucijada de tres caminos.» Edipo contestará a este testimonio con una inquietud que ya es casi una certeza. «Matar a un hombre en la encrucijada de tres caminos es exactamente lo que yo hice; recuerdo que al llegar a Tebas di muerte a alguien en un sitio parecido.» Así, por el juego de estas dos mitades que se completan, el recuerdo de Yocasta y el de Edipo, tenemos esta verdad casi completa, la del asesinato de Layo. Y decimos que es casi completa porque falta aún un pequeño fragmento: saber si fue muerto por uno o varios individuos. Cuestión que lamentablemente no se resuelve en la pieza.
Pero esto es sólo la mitad de la historia de Edipo, pues Edipo no es únicamente aquél que mató al rey Layo, es también quien mató a su propio padre y se casó luego con su madre. Esta segunda mitad de la historia falta incluso después del acoplamiento de los testimonios de Yocasta y Edipo. Falta precisamente lo que les da una especie de esperanza, pues el dios predijo que Layo no habría de morir en manos de un hombre cualquiera sino de su propio hijo. Por lo tanto, mientras no se pruebe que Edipo es hijo de Layo, la predicción no estará realizada. Esta segunda mitad es necesaria para que pueda establecerse la totalidad de la predicción, en la última parte de la obra, por medio
del acoplamiento de dos testimonios diferentes. Uno será el del esclavo que viene de Corinto para anunciar a Edipo la muerte de Polibio. Edipo, que no llora la muerte de su
padre, se alegra diciendo: «¡Ah, al menos no he sido yo quien lo mató, contrariamente a lo, que dice la predicción!». Y el esclavo replica: «Polibio no era tu padre».
Tenemos así un nuevo elemento: Edipo no es hijo de Polibio. Interviene el último esclavo, que había huido después del drama escondiéndose en las profundidades del Citerón. Se trata de un pastor de ovejas que había guardado consigo la verdad y que ahora es llamado para ser interrogado acerca de lo ocurrido. Dice el pastor: «En efecto, hace tiempo, dí a este mensajero un niño que venía del palacio de Yocasta y que, según me dijeron, era su hijo».
Falta, pues, la última certeza ya que Yocasta no está presente para atestiguar que fue ella quien entregó el niño al esclavo. No obstante, salvo por esta pequeña dificultad, el ciclo está ahora completo. Sabemos que Edipo era hijo de Layo y Yocasta; que le fue entregado a Polibio; que fue él, creyendo ser hijo de Polibio y regresando para escapar de la profecía, a Tebas -Edipo no sabía que era su patria- quien mató en la encrucijada de tres caminos al rey Layo, su verdadero padre. El ciclo está cerrado. Se ha cerrado por una serie de acoplamiento de mitades que se ajustan unas con otras. Es como si toda esta larga y compleja historia del niño que es al mismo tiempo un exiliado debido a la profecía y un fugitivo de la misma profecía, hubiese sido partida en dos e inmediatamente vueltas a partir en dos cada una de sus partes, y todos esos fragmentos repartidos en distintas manos. Fue preciso que se reunieran el dios y su profeta, Yocasta y Edipo, el esclavo de Corinto y el de Citerón para que todas estas mitades y mitades llegasen a ajustarse unas a otras, a adaptarse, a acoplarse y reconstituir el perfil total de la historia.
Esta forma del Edipo de Sófocles, realmente impresionante, no es sólo una forma retórica, es al mismo tiempo religiosa y política. Consiste en la famosa técnica del φυµβολον, el símbolo griego. Un instrumento de poder, del ejercicio de poder que permite a alguien que guarda un secreto o un poder romper en dos partes un objeto cualquiera -de cerámica, por ejemplo- guardar una de ellas y confiar la otra a alguien que debe llevar el mensaje o dar prueba de su autenticidad. La coincidencia o ajuste de estas dos mitades permitirá reconocer la autenticidad del mensaje, esto es, la continuidad del poder que se ejerce. El poder se manifiesta, completa su ciclo y mantiene su unidad gracias a este juego de pequeños fragmentos separados unos de otros, de un mismo conjunto, un objeto único, cuya configuración general es la forma manifiesta del poder. La historia de Edipo es la fragmentación de esta obra, cuya posesión integral y reunificada autentifica la detención del poder y las órdenes dadas por él. Los mensajes, los mensajeros que envía y que deben regresar, justificarán su vinculación con el poder porque cada uno de ellos posee un fragmento de la pieza que se combina perfectamente con los demás. Los griegos llaman a esta técnica jurídica, política y religiosa φυµβολον: el símbolo.

La historia de Edipo tal como aparece representada en la tragedia de Sófocles, obedece a este φυµβολον: no es una forma retórica, sino más bien religiosa, política, casi mágica del ejercicio del poder.
Si ahora observamos ya no la forma de este mecanismo o el juego de mitades que se fragmentan y terminan por ajustarse sino el efecto producido por estos ensamblajes recíprocos, veremos una serie de cosas. En principio una especie de desplazamiento que sobreviene a medida que las mitades se ajustan. El primer juego de mitades que se ajustan es el del dios Apolo y el divino adivino Tiresias: el nivel de la profecía o de los dioses. Inmediatamente aparece una segunda serie de mitades que se ajustan, formada por Edipo y Yocasta. Sus dos testimonios se encuentran en el medio de la pieza: es el nivel de los reyes, los soberanos. Finalmente, el último par de testimonios que intervienen, la última mitad que habrá de completar la historia no está constituida por los dioses y tampoco por los reyes sino por los servidores y esclavos. El esclavo más humilde de Polibio y, sobre todo, el más oculto de los pastores que habitan en el bosque del Citerón enunciarán la verdad última al dar el último testimonio.
El resultado es curioso: lo que se decía en forma de profecía al comienzo de la obra reaparecerá en forma de testimonio en boca de los dos pastores. Y así como la obra pasa de los dioses a los esclavos, los mecanismos enunciativos de la verdad o la forma en que la verdad se enuncia cambian igualmente. Cuando hablan el dios y el adivino, la verdad se formula en forma de prescripción y profecía, como la mirada eterna y todopoderosa del dios Sol, como la del adivino que, aún siendo ciego, es capaz de ver el pasado, el presente y el futuro. Es precisamente esta especie de mirada mágico-religiosa la que, en el comienzo de la obra, hace brillar una verdad que ni Edipo ni el coro quieren creer. La mirada aparece también en el nivel más bajo, ya que, si dos esclavos pueden dar testimonio de lo que han visto, ello ocurre precisamente porque han visto.
Uno de ellos vio cómo Yocasta le entregaba un niño y le ordenaba que lo llevase al bosque y lo abandonase. El otro vio al niño en un bosque, vio cómo su compañero esclavo le entregaba este niño y recuerda haberlo llevado al palacio de Polibio. Una vez más se trata de la mirada, pero ya no de aquella mirada eterna, iluminadora, fulgurante del dios y su adivino, ahora es la mirada de personas que ven y recuerdan haber visto con sus ojos humanos: es la mirada del testimonio. Esta era la mirada omitida por Homero al hablar del conflicto y el litigio entre Antíloco y Menelao.
Puede decirse, pues, que toda la obra es una manera de desplazar la enunciación de la verdad de un discurso profético y prescriptivo de otro retrospectivo: ya no es más una profecía, es un testimonio. Es también una cierta manera de desplazar el brillo o la luz de la verdad del brillo profético y divino hacia la mirada de algún modo empírica y cotidiana de los pastores. Entre los pastores y los dioses hay una correspondencia: dicen lo mismo, ven la misma cosa, pero no con el mismo lenguaje y tampoco con los mismos ojos. Durante toda la tragedia vemos una única verdad que se presenta y se formula de dos maneras diferentes, con otras palabras, en otro discurso, con otra mirada. Sin embargo, estas miradas se corresponden. Los pastores responden exactamente a los dioses; podríamos decir incluso que los simbolizan. En el fondo, lo que los pastores dicen es aquello que los dioses ya habían dicho, sólo que lo hacen de otra forma.

Estos son los dos rasgos fundamentales de la tragedia de Edipo: la comunicación entre los pastores y los dioses, entre el recuerdo de los hombres y las profecías divinas.
Esta correspondencia define la tragedia y establece un mundo simbólico en el que el recuerdo y el discurso de los hombres son algo así como una imagen empírica de la gran profecía de los dioses.
Hemos de insistir sobre estos dos puntos para comprender el mecanismo de la progresión de la verdad en Edipo. En un lado están los dioses, en el otro los pastores, pero entre ellos se sitúa el nivel de los reyes, o mejor, el nivel de Edipo. ¿Cuál es su nivel de saber y qué significa su mirada?
En relación con esta cuestión, es preciso rectificar algunas cosas. Cuando se analiza la obra suele decirse que Edipo es aquél que nada sabía, que era ciego, que tenía los ojos vendados y la memoria bloqueada dado que nunca había mencionado, e incluso parecía haber olvidado sus propios actos al matar al rey en la encrucijada de los tres caminos.
Edipo, hombre del olvido, hombre del no-saber, un verdadero hombre del inconsciente para Freud. Bien sabemos que el nombre de Edipo ha sido empleado para realizar múltiples juegos de palabras. Sin embargo, no olvidemos que los mismos griegos habían ya señalado que en Οίδιποµς tenemos la palabra οίδα que significa al mismo tiempo «haber visto» y «saber». Quiero demostrar que Edipo, colocado dentro de este mecanismo del φυµβολον, de mitades que se comunican, juego de respuestas entre los pastores y los dioses, no es aquél que no sabía sino, por el contrario, aquél que sabía demasiado, aquél que unía su saber y su poder de una manera condenable y que la historia de Edipo debía ser expulsada definitivamente de la Historia.

El título mismo de la tragedia de Sófocles es interesante: Edipo y Edipo Rey, Οίδιποµς τυραννος. La palabra τυραννος. es de difícil traducción. En efecto, la traducción no da cuenta del significado exacto. Edipo es el hombre del poder, un hombre que ejerce cierto poder. Y es digno de tener en cuenta que el título de la obra de Sófocles no sea Edipo, el incestuoso o Edipo, asesino de su padre, sino Edipo Rey.
¿Qué significa la realeza de Edipo?

La importancia de la temática del poder se pone de relieve si recorremos el curso de la obra: durante toda la pieza lo que está en cuestión es esencialmente el poder de Edipo y es esto mismo lo que hace que éste se sienta amenazado.

En ningún lugar de la tragedia dice Edipo que es inocente; ni una sola vez afirma haber hecho algo contra su voluntad o que cuando mató a aquel hombre no sabía que se trataba de Layo. En suma, el personaje central del Edipo Rey de Sófocles no invoca en ningún momento su inocencia o la excusa de haber actuado de modo inconsciente.

Solamente en Edipo en Colona veremos a un Edipo ciego y miserable que gime a lo largo de la obra diciendo: «Yo nada podía hacer. Los dioses me cogieron en una trampa que no había previsto». En Edipo Rey, Edipo no defiende en modo alguno su inocencia, su problema es el poder y cómo hacer para conservarlo; esta es la cuestión de fondo desde el comienzo hasta el final de la obra.

En la primera escena los habitantes de Tebas recurren a Edipo en su condición de soberano para plantearle el problema de la peste. «Tú tienes el poder, debes curarnos de la peste». Y él responde diciendo: «Tengo gran interés en curaros de la peste, pues no sólo a vosotros afecta sino también a mí mismo, en mi soberanía y mi realeza». Para Edipo entonces, la solución del problema es una condición necesaria para conservar su poder y cuando comienza a sentirse amenazado por las respuestas que surgen a su vuelta, cuando el oráculo lo nombra y el adivino dice de manera más clara aún que él es el culpable, Edipo, sin invocar su inocencia, comenta a Tiresias: «Tú deseas mi poder; has armado una conspiración contra mí para privarme de mi poder».
A Edipo no le asusta la idea de que podría haber matado a su padre o al rey, teme solamente perder su propio poder.

En la disputa con Creonte, éste le dice: «Trajiste un oráculo de Delfos pero lo falseaste porque, hijo de Layo, tú reivindicas un poder que me fue dado». Aquí también se siente Edipo amenazado por Creonte al nivel del poder y no de su inocencia o culpabilidad. En todos estos enfrentamientos lo que está en cuestión, desde el comienzo de la obra, es el poder.

Y cuando, al final de la obra, la verdad está a punto de ser descubierta, cuando el esclavo de Corinto dice a Edipo: «No te inquietes, no es el hijo de Polibio», Edipo no pensará que al no ser hijo de Polibio bien puede ocurrir que sea hijo de algún otro y tal vez, de Layo, dirá: «Dices eso para que me avergüence, para hacer que el pueblo crea que soy hijo de un esclavo. Igualmente ejerceré el poder; soy un rey como los otros».
Una vez más es el poder. Y en su carácter de jefe de justicia, como soberano, Edipo convocará en ese momento al último testigo: el esclavo del Citerón. Amenazándolo con la tortura, le arrancará la verdad, y cuando ya se sabe quién era Edipo y qué había hecho -parricidio, e incesto con la madre-, ¿cuál es la respuesta del pueblo de Tebas? «Nosotros te llamábamos nuestro rey», lo cual significa que el pueblo de Tebas, al mismo tiempo que reconoce en Edipo a quien fue su rey, por el uso del imperfecto -llamábamoslo- declara ahora destituido y lo despoja de los atributos de la realeza.
Lo que está en cuestión es la caída del poder de Edipo. La prueba de ello es que cuando Edipo pierde el poder en favor de Creonte, las últimas réplicas de la obra todavía giran en torno al poder. La última palabra dirigida a Edipo antes de que lo lleven al interior del Palacio es pronunciada por el nuevo rey, Creonte: «Ya no trates de ser el señor». La palabra empleada es αρατειυ, lo cual quiere decir que Edipo debe dejar de dar órdenes. Y Creonte añade ΄αχραιησας, palabra que quiere decir «después de haber llegado a la cima» pero que también es un juego de palabras en el que la «a» tiene un sentido privativo: «no poseyendo más el poder». αχραιησας significa al mismo tiempo: «Tú que alcanzaste la cima y que ahora has perdido el poder».
Después de esto interviene el pueblo que saluda a Edipo por última vez diciendo: «Tú que eras χρατυςµος, esto es, «tú que estabas en la cima del poder». Sin embargo, el primer saludo del pueblo tebano a Edipo era: «ωχρατννον Οιδιπου», es decir, «¡Edipo todopoderoso!». Entre estos dos saludos del pueblo se desarrolló toda la tragedia. La tragedia del poder y del control del poder político. ¿Pero qué es este poder de Edipo? ¿Cómo se caracteriza? Sus características están presentes en la historia, el pensamiento y la filosofía griega de la época. Edipo es llamado βασιλευς αναξ, el primero de los hombres, aquel que tiene la χρατεια, aquel que detenta el poder y es por ello τυραννος. Tirano no ha de entenderse aquí en sentido estricto: Polibio, Layo y todos los demás eran considerados también τυραννος.

En la tragedia de Edipo aparecen algunas de las características de este poder. Edipo tiene el poder, pero lo obtiene al cabo de una serie de historias y aventuras que, de ser el hombre más miserable -niño abandonado, perdido, viajero errante- lo convierten en el más poderoso. El suyo fue un destino desigual, conoció la miseria y la gloria: tuvo su punto más alto cuando todos lo creían hijo de Polibio y su condición más baja cuando se vio obligado a errar de ciudad en ciudad, y más tarde volvió a la cima.
«Los años que crecieron conmigo -dice- me rebajaron a veces y otras me exaltaron».

Esta alternancia del destino es un rasgo característico de dos tipos de personajes, el héroe legendario que perdió su ciudadanía y su patria y que después de varias pruebas reencuentra la gloria, y el tirano histórico griego de finales del siglo vi y comienzos del V. El tirano era aquel que después de haber pasado por muchas aventuras y llegado a la cúspide del poder estaba siempre amenazado de perderlo. La irregularidad del destino es característica del personaje del tirano tal como es descrito en los textos griegos de esta época.
Edipo es aquél que después de haber conocido la miseria, alcanzó la gloria, aquél que se convirtió en rey después de haber sido héroe. Pero si se convirtió en rey fue porque había sido capaz de curar a la ciudad de Tebas matando a la Divina Cantora, la Cadela que devoraba a todos aquellos que no conseguían descifrar sus enigmas. Había curado a la ciudad, le había permitido -como se dice en la obra- recuperarse, respirar cuando había perdido el aliento. Para designar a esta. cura de la ciudad, Edipo emplea la expresión δρθωσαν, «recuperar»; ανορθωσαν πολιν, «recuperar la ciudad», expresión que encontramos en el texto de Solón. Solón, que no es un tirano sino más bien un legislador, se vanagloriaba de haber recuperado la ciudad de Atenas a finales del siglo vi. Esta es una característica común a todos los tiranos que surgen en Grecia entre los siglos VII y VI: no sólo conocieron los puntos álgidos y bajos de la suerte personal sino que además desempeñaron el papel de agentes de recuperación por medio de una distribución económica ecuánime como Cípselo en Corinto, o a través de una justa legislación, como es el caso de Solón en Atenas. Son éstas, pues, dos características fundamentales del tirano griego que aparecen en textos de la época de Sófocles o aún anteriores.
En Edipo se encuentran, además de estas características positivas de la tiranía, otras que podrían considerarse negativas. Con ocasión de las discusiones que mantiene con Creonte y Tiresias, e incluso con el pueblo mismo, se le reprochan a Edipo varias cosas. Creonte, por ejemplo, le dice: «Estás equivocado. Te identificas con esta ciudad, en la que no naciste. Imaginas que eres esta ciudad y que te pertenece. Yo también formo parte de ella; no es sólo tuya». Si nos atenemos a las historias que contaba Herodoto acerca de los tiranos griegos, en particular acerca de Cípselo de Corinto, vemos que éste se consideraba dueño de la ciudad, solía decir que Zeus se la había otorgado y que él la había entregado a los ciudadanos. Esto mismo aparece en la tragedia de Sófocles. En Edipo se encuentran, además de estas características positivas de la tiranía, otras que podrían considerarse negativas. Con ocasión de las discusiones que mantiene con Creonte y Tiresias, e incluso con el pueblo mismo, se le reprochan a Edipo varias cosas. Creonte, por ejemplo, le dice: «Estás equivocado. Te identificas con esta ciudad, en la que no naciste. Imaginas que eres esta ciudad y que te pertenece. Yo también formo parte de ella; no es sólo tuya». Si nos atenemos a las historias que contaba Herodoto acerca de los tiranos griegos, en particular acerca de Cípselo de Corinto, vemos que éste se consideraba dueño de la ciudad, solía decir que Zeus se la había otorgado y que él la había entregado a los ciudadanos. Esto mismo aparece en la tragedia de Sófocles.
Igual que Cípselo, Edipo no da importancia a las leyes y las sustituye por sus órdenes, por su voluntad. Esto está claro en sus afirmaciones: cuando Creonte le reprocha que quiera exiliarlo diciendo que su decisión no es justa, Edipo responde: «Poco me importa que sea o no justo; igualmente has de obedecer». Su voluntad será la ley de la ciudad y es por ello que en el momento en que se inicia su caída del poder el coro del pueblo le reprochará el haber despreciado la JL60, la justicia. Por lo tanto, hay que ver en Edipo un personaje históricamente bien definido, marcado, catalogado, caracterizado por el pensamiento del siglo v: el tirano.
Este personaje del tirano no sólo se caracteriza por el poder sino también por cierto tipo de saber. El tirano griego no era simplemente quien tomaba el poder; si se adueñaba de él era porque detentaba o hacía valer el hecho de detentar un saber superior, en cuanto a su eficacia, al de los demás. Este es precisamente el caso de Edipo.
Edipo es quien consiguió resolver por su pensamiento, su saber, el famoso enigma de la esfinge; y así como Solón puede dar efectivamente leves justas a Atenas, puede recuperar la ciudad porque era σοΦος, sabio, así también Edipo es capaz de resolver el enigma de la esfinge porque también él es σοΦος.

¿Qué es este saber de Edipo? ¿Cuáles son sus notas? Durante toda la obra el saber de Edipo se despliega en sus características: en todo momento dice que él venció a los otros, que resolvió el enigma de la esfinge, que curó a la ciudad por medio de eso que llama γνωµη, su conocimiento o su τεχνη. Otras veces, para designar su modo de saber, se dice aquel que encontró έυρηχα. Esta es la palabra que con mayor frecuencia utiliza Edipo para designar lo que hizo y está intentando hacer ahora. Si Edipo resolvió el enigma de la esfinge es porque encontró; si se quiere salvar nuevamente a Tebas es preciso de nuevo encontrar , ευρισχειν. ¿Qué significa ευρισχειν? En un comienzo esta actividad de encontrar es muestra de la obra como algo que se hace en soledad. Edipo insiste en ello una y otra vez: al pueblo y al adivino les dice que cuando resolvió el enigma de la esfinge no se dirigió a nadie; al pueblo le dice: «Nada pudisteis hacer para ayudarme a resolver el enigma de la esfinge, nada podíais hacer contra la Divina Cantora». Y a Tiresias le dice: « ¿Qué clase de adivino eres que ni siquiera fuiste capaz de liberar a Tebas de la esfinge? Cuando todos estaban dominados por el terror yo solo liberé a Tebas; nadie me enseñó nada, no envíe a ningún mensajero, vine personalmente». Encontrar es algo que se hace a solas y también lo que se hace cuando se abren los ojos. Edipo es el hombre que no cesa de decir: «Yo inquirí y como nadie fue capaz de darme informaciones abrí ojos y oídos; yo vi». Utiliza frecuentemente el verbo οιδα, que significa al mismo tiempo saber y ver. Οιδιπονς es aquel que es capaz de ver y saber. Edipo es el hombre que ve, el hombre de la mirada, y lo será hasta el fin.
Si Edipo cae en una trampa es precisamente porque, en su voluntad de encontrar postergó el testimonio, el recuerdo, la búsqueda de las personas que vieron hasta el momento en que del fondo del Citerón salió el esclavo que había asistido a todo y sabía la verdad. El saber de Edipo es esta especie de saber de experiencia y al mismo tiempo, este saber solitario, de conocimiento, saber del hombre que quiere ver con sus propios ojos, solo, sin apoyarse en lo que se dice ni oír a nadie: saber autocrático del tirano que por sí solo puede y es capaz de gobernar la ciudad. La metáfora del que gobierna, del que conduce, es utilizada frecuentemente por Edipo para describir lo que hace. Edipo es el conductor, el piloto, aquél que en la proa del navío abre los ojos para ver. Y es precisamente porque abre los ojos sobre lo que está ocurriendo que encuentra el accidente, lo inesperado, el destino, la τυχη. Edipo cayó en la trampa porque fue este hombre de la mirada autocrática, abierta sobre las cosas.

Quisiera mostrar que en realidad Edipo representa en la obra de Sófocles un cierto tipo de lo que yo llamaría saber-y-poder, poder-y-saber. Y porque ejerce un poder tiránico y solitario -desviado tanto del oráculo de los dioses que no quiere oír como de los que dice y quiere el pueblo- en su afán de poder y saber, de gobernar descubriendo por sí solo, encuentra en última instancia los testimonios de quienes vieron.
Vemos así cómo funciona el juego de las mitades y cómo, al final de la obra, Edipo es un personaje superfluo, en la medida en que este saber tiránico de quien quiere ver con sus propios ojos sin explicar a dioses ni hombres, permite la coincidencia exacta de lo que habían dicho los dioses y lo que sabía el pueblo. Edipo, sin querer, consigue establecer la unión entre la profecía de los dioses y la memoria de los hombres. El saber edípico, el exceso, el exceso de poder, el exceso de saber, fueron tales que el protagonista se tornó inútil; el círculo se cerró sobre él, o mejor, los dos fragmentos de la trama se acoplaron y Edipo, en su poder solitario, se hizo inútil, su imagen se tornó monstruosa al acoplarse ambos fragmentos. Edipo podía demasiado por su poder tiránico, sabía demasiado en su saber solitario. En este exceso aún era esposo de su madre y hermano de sus hijos: es el hombre del exceso, aquél que tiene demasiado de todo, en su poder, su saber, su familia, su sexualidad. Edipo, hombre doble, que estaba de más frente a la transparencia simbólica, de lo que sabían los pastores y hablan los dioses.

Por consiguiente, la tragedia de Edipo está muy cerca de lo que será, unos años más tarde, la filosofía platónica. Platón restará valor al saber de los esclavos, memoria empírica de lo que fue visto, en provecho de una memoria más profunda, esencial, como es la memoria de lo que se vio en el ámbito de lo inelegible. No obstante lo importante es aquello que será fundamentalmente desvalorizado, descalificado, tanto en la tragedia de Sófocles como en la República de Platón: el tema, o mejor el personaje, la forma de un saber político que es al mismo tiempo privilegiado- y exclusivo. La figura señalada por la tragedia de Sófocles o la filosofía de Platón, colocada en una dimensión histórica, es la misma que aparece por detrás de Edipo σοφός. Edipo el sabio, el tirano que sabe, el hombre de la τεχνη, de la γνωµη, es el famoso sofista, profesional del poder político y el saber que existía efectivamente en la sociedad ateniense correspondiente a la época de Sófocles. Pero más allá de esta figura, lo que Platón y Sófocles señalan es otra categoría de personajes del que el sofista era algo así como un pequeño representante, continuaci6n y fin histórico: me refiero al personaje del tirano. En los siglos vi y vii el tirano era el hombre del poder y del saber, aquel que dominaba tanto por el poder que ejercía como por el saber que poseía. Por último, aun cuando no está presente en el texto de Platón y tampoco en Sófocles, quien es mencionado es el gran personaje histórico que existió efectivamente aunque colocado en un contexto legendario: el famoso rey asirio.

En las sociedades indoeuropeas del Oriente mediterráneo, a finales del segundo y comienzos del primer milenio, el poder político detentaba siempre cierto tipo de saber.
El rey y quienes lo rodeaban administraban un saber que no podía y no debía ser comunicado a los demás grupos sociales, por el solo hecho de detentar el poder. Saber y poder eran exactamente correspondientes, correlativos, superpuestos. No podía haber saber sin poder, y no podía haber poder político que no supusiera a su vez cierto saber especial.

Esta es la forma aislada por Dumézil en sus estudios sobre las tres funciones, cuando mostró que la primera función, el poder político, correspondía a un poder político mágico y religioso. El saber de los dioses, el saber de la acción que se puede ejercer sobre los dioses o sobre nosotros, todo ese saber mágico-religioso está presente en la función política.
En el origen de la sociedad griega del siglo v que es, a la vez, el origen de nuestra civilización se produjo un desmantelamiento de esta gran unidad formada por el poder político y el saber. Los tiranos griegos, impregnados de civilización oriental, trataron de instrumentar para su provecho el desmantelamiento de esta unidad del poder mágico-religioso que aparecía en los grandes imperios asirios. En alguna medida también los sofistas de los siglos v y vi la utilizaron como pudieron, en forma de lecciones retribuidas con dinero. Durante los cinco o seis siglos que corresponden a la evolución de la Grecia arcaica asistimos a esta larga descomposición y cuando comienza la época clásica -Sófocles representa la fecha inicial, el punto de eclosión- se hace perentoria la desaparición de esta unión del poder y el saber para garantizar la supervivencia de la sociedad. A partir de este momento el hombre del poder será el hombre de la ignorancia. Edipo nos muestra el caso de quien por saber demasiado, nada sabía. Edipo funcionará como hombre de poder, ciego, que no sabía y no sabía porque podía demasiado Así, cuando el poder es tachado de ignorancia, inconsciencia, olvido, oscuridad, por un lado quedarán el adivino y el filósofo en comunicación con la verdad, con las verdades eternas de los dioses o del espíritu, y por otro estará el pueblo que, aun cuando es absolutamente desposeído del poder, guarda en sí el recuerdo o puede dar testimonio de la verdad. Así, para ir más allá de un poder que se encegueció como Edipo, están los pastores que recuerdan y los adivinos que dicen la verdad.

Occidente será dominado por el gran mito de que la verdad nunca pertenece al poder político, de que el poder político es ciego, de que el verdadero saber es el que se posee cuando se está en contacto con los dioses o cuando recordamos las cosas, cuando miramos hacia el gran sol eterno o abrimos los ojos para observar lo que ha pasado. Con Platón se inicia un gran mito occidental: lo que de antinómico tiene la relación entre el poder y el saber, si se posee el saber es preciso renunciar al poder; allí donde están el saber y la ciencia en su pura verdad jamás puede haber poder político.
Hay que acabar con este gran mito! Un mito que Nietzsche comenzó a demoler al mostrar en los textos que hemos citado que por detrás de todo saber o conocimiento lo que está en juego es una lucha de poder. El poder político no está ausente del saber, por el contrario, está tramado con éste.